domingo, 22 de diciembre de 2013

LA JUSTICIA EN LA ARMADA





Desde los primero días de existencia de la Armada como conjunto de la fuerza naval española, la facultad de administrar justicia entre sus componentes la ostentaban los propios miembros de la Armada, siendo los almirantes los que presidian los procesos. Al tratarse de una fuerza armada se entendía como necesario que fuesen los propios marinos los encargados de administrar justicia en aras del mantenimiento de la disciplina, aunque realmente lo que hacían era juzgar según su criterio y las ordenanzas. Esta atribución para "administrar justicia" se hizo extensiva a los comandantes de los buques. Posteriormente, en el siglo XV aparecen los primeros testimonios de la existencia de los Auditores Navales. En 1633, estando España bajo el reinado de la dinastía de los Austria, las Ordenanzas de la Armada del Mar Océano ya hablan del cargo de Fiscal de forma oficial.

Con la llegada al poder de los borbones y derivado del afrancesamiento de las instituciones que esta trajo consigo, se crean las Auditorias de los Departamentos Marítimos y los Asesores de Distrito y Juzgados de las Provincias Marítimas, formados por el Asesor y el Escribano. Los fallos de estos "tribunales" podían ser recurridos ante los juzgados de los Departamentos y contra los de estos cabía recurso ante el Consejo Supremo de Guerra.

Metopa del extinguido Cuerpo Jurídico de
la Armada
Llegado el año 1857, con fecha del ocho de abril se publica el decreto que crea el Cuerpo Jurídico de la Armada, el mismo que después de varias transformaciones es el que subsiste hasta el año 1989 en que es integrado en el Cuerpo Jurídico Militar de la Defensa junto con los anteriores Cuerpos Jurídicos de los otros dos ejércitos. Anteriormente, en 1932 durante la II República se dispuso la desmilitarización del Cuerpo, decisión que se revirtió en 1935 al mismo tiempo que se iniciaba la redacción de un nuevo reglamento, un reglamento que no vio la luz  a causa del inicio de la Guerra Civil y cuya redacción se retrasó hasta 1946, una vez acabada la II Guerra Mundial con la derrota de los aliados de Franco.

La función del extinguido Cuerpo Jurídico de la Armada era básicamente la administración de justicia en el marco de los Tribunales de Marina. En estos uno de los vocales debía ser del Cuerpo Jurídico y su función era la de asesorar a los restantes vocales, votar como uno de tantos y redactar la sentencia, recibiendo el nombre de Vocal Ponente.

Los fiscales podían ser de dos clases: militar o togado. Si el delito juzgado era de carácter estrictamente militar, el Fiscal era un oficial cualquiera, pero en los demás casos debía pertenecer al Cuerpo Jurídico. En los casos en que se trataba de delitos comunes en los que estaban encartados militares y paisanos se disponía que el juez perteneciese al Cuerpo Jurídico. Para llevar a cabo el registro de todos los expedientes, detenciones, etc...se designa a un oficial del Cuerpo Jurídico y se le denomina Secretario de Justicia el cual depende directamente del Estado Mayor.

Según lo anterior los funcionarios judiciales se clasificaban en : Auditores, Vocales ponentes, Fiscales Togados, Jueces Instructores en determinados casos y Secretarios de Justicia de las distintas autoridades jurisdiccionales. En el Consejo Supremo de Justicia Militar, había un general de brigada del Cuerpo Jurídico haciendo las funciones de Consejero Togado, Un Teniente Fiscal togado con categoría de general de brigada o coronel y un Secretario Relator que tenía la misión, en caso de recurso ante el Tribunal Supremo, de formar un expediente independiente del recurrido, actuando como si fuera un nuevo Juez Instructor.

Para asesorar a las diferentes autoridades jurisdiccionales estaba la Asesoría General del Ministerio, la particular del ministro y las de los departamentos marítimos y comandancias generales. Solo aquellos que poseían el título de licenciados o doctores en derecho podían ingresar en el Cuerpo Jurídico, mediante publica oposición, saliendo de alféreces-alumnos para ser destinados a la Escuela Naval Militar y a continuación en buques hasta obtener el grado de Tenientes del Cuerpo Jurídico pudiendo ascender hasta generales de división. Para el ascenso a capitán era necesario haber estado destinado un mínimo de tres años en la Flota o en la Jurisdicción Central.

Si repasamos las anteriores disposiciones veremos que los componentes del Tribunal e incluso su presidente los únicos conocimientos jurídicos que podían llegar a tener dependían  de lo que el vocal asesor les hiciese llegar y que no existe en ningún momento alusión a la figura del abogado defensor. Este era el sistema que estaba establecido en 1936. Un sistema totalmente exento de garantías procesales para el acusado y en el que además lo expuesto por los fiscales carecía de limitación en cuanto a modo, forma y prueba dada la ignorancia jurídica y procesal del tribunal.

Unamos a estas carencias de garantías un escenario de posguerra en el que el vencedor decide aniquilar a la totalidad de los ejércitos derrotados y llevar a cabo una brutal represión contra la población civil junto la total ausencia de voluntad de impartir justicia y ya podremos empezar a valorar la ignominia de los consejos de guerra franquistas, unos consejos en los que lo único que se decidía era si te mataban o te enviaban a la cárcel por el solo hecho de no haberte levantado en armas contra el Estado y haberlo defendido cumpliendo con la promesa dada.

Tomando como ejemplo la orden de constitución del Consejo de Guerra encargado de la causa 130/39  del Departamento Marítimo de Cartagena contra el Capitán Maquinista Antonio Barreda Rodriguez podremos ver la composición del Tribunal y la ausencia de Abogado Defensor, eso si,. la vista debía ser precedida por la asistencia a la misa del Espíritu Santo por parte de todos los miembros del Consejo, imagino que para que la Santísima Trinidad inspirase y guiase las condenas a muerte de los infieles rojos.





Presidente: 

Contralmirante don Ramón Agacino de Armas

Vocales:

Coronel de Infantería de Marina  don Arturo Cañas
Coronel de Ingenieros don José E.Diaz Hidalgo
Tte.Coronel de Infantería de Marina don Rafael Granados
Capitán de Fragata don Carlos Vila Suances

Vocales Suplentes:

Capitán de Fragata don José García Lomas
Tte.Coronel de Intendencia don Ricardo Iglesias

Vocal ponente:

Comandante Auditor de la Armada don Fernando Rodriguez Carreras

Fiscal:

Comandante Auditor don Eduardo Viscasillas

Defensor: En blanco.

En el anterior proceso, como en todos, los componentes del Tribunal eran marinos sublevados y de entre ellos los únicos conocedores de la práctica judicial eran el fiscal y el vocal ponente,  por supuesto el delito de "rebelión militar" del que se acusaba al detenido quedó "suficientemente probado" y  la pena impuesta fue la de muerte, sin posibilidad alguna de recurso. 



Uniformes de los extiguidos Cuerpos Jurídico y Eclesiástico de la Armada

Benito Sacaluga




Fuentes consultada: E.G.M (Ed.Garriga 1957). Causa 130/39 Dpto.M.Cartagena

miércoles, 18 de diciembre de 2013

LA BANDERA EN LA MARINA DE GUERRA






La bandera en los barcos de guerra les identifica como defensores del honor y los intereses de una nación y es el símbolo trascendente, emblema de grandezas, triunfos y tragedias. Alguna Marinas tienen una bandera de guerra especial, distinta de la nacional. Así fue también en un  principio en la Armada Española hasta que España adoptó como su propia enseña la bandera de la Armada.



Acorazado Jaime I con bandera en popa.
Puerto de Santa Cruz de Tenerife (1936)
Según la tradición la bandera debe mostrarse orgullosamente en lugar preeminente donde pueda ser vista, saludada y respetada, identificándonos, sin lugar a dudas, si nos viéramos inmersos en un acto de guerra. En las antiguas galeras, naos y navíos este lugar preeminente era un asta de gran altura plantada en la popa o cerca de ella. Al irse rebajando la altura de las popas y quedar el coronamiento casi a ras de agua, ya en en el siglo XIX se empezó a utilizar el pico de la cangreja, que anteriormente solo se utilizaba para izar señales. Esta elección ha persistido durante siglos, tiempo suficiente para que la imagen de la Bandera en el pico se haya asociado en la mente de muchas generaciones de marinos con la idea de barco en la mar, mientras que la Bandera en el asta de popa se asocia a los barcos en el puerto. De ahí el trasladar la bandera del asta de popa al pico en el momento de zarpar el ancla o largar la última estacha, o del pico al asta al fondear o amarrar.



El "Juan Sebastian Elcano" navegando
con la bandera en el pico de la cangreja


Hoy las circunstancias son distintas. Los palos -si es que puede hablarse en plural de ellos-, en muchos barcos, son estructuras metálicas cubiertas por una maraña intrincada de antenas fijas o rotatorias que compiten entre si para instalarse en el lugar más alto. Esto es así y no tiene remedio, so pena de disminuir o anular la eficacia de los sensores de los que dependerá el éxito o el fracaso en combate, pero relega a lugares apenas visibles las insignias y banderas, que se ocultan entre la selva de antenas y que además deben ser muy pequeñas para evitar que se enrede en ellas.

Es preciso reencontrar el lugar preeminente que la bandera exige, lo cual, para la debida uniformidad, debe ser objeto de la preocupación y disposiciones de los mandos colectivos, no descartando la solución de volver a llevarla en el asta de popa en la mar, con lo que retornaríamos a la antigua estampa de las naos y galeras, o adoptar la solución de los submarinos de tener dos astas, una en el coronamiento y otra en la cola de la superestructura.

Según las ordenanzas de la Armada la bandera debe estar siempre impecable, tanto en la mar como en el puerto. Una bandera descolorida por el sol, desgarrada por el viento o chamuscada por el fuego puede ser una reliquia en las salas de un mueso, pero en la driza de un barco de guerra es una prueba de desidia.

Cornamusa
La bandera debe izarse a besar con la roldana de su driza que, a su vez, estará bien templada y correctamente trincada o adujada a su cornamusa. Debe ondear siempre clara y , por tanto, deberá velarse continuamente para que no tome vueltas en el asta o en la driza y no se muerda con la jarcia o las antenas cercanas. Nunca se debe izar en canasta, por considerarse una descortesía. Lo mismo es aplicable a las banderas de países extranjeros que se izan a proa para rendir honores.

En la mar, la bandera permanece siempre izada, y si hubiese que arriarla para sustituirla, en horas de luz, se izará primero la nueva antes de arriar la vieja. El único caso en que la bandera se arría momentáneamente para volverla a izar de nuevo sin interrumpir el movimiento es para contestar al saludo de un mercante.

Banderas a media asta

Como señal de duelo, la bandera se pone a media asta en días de luto nacional, durante el Viernes y Sábado Santos, y cuando hay un cadáver a bordo.
Para poner la bandera a media asta hay que izarla primero a tope y liego arriarla a media driza. En los días santos antes mencionados no se arría por la noche.

Bandera de tajamar de la Armada Española
Bandera de tajamar o torrotito

Es una bandera especial que se iza a proa en días señalados. Su izado y arriado se realiza simultáneamente con el de la bandera en la popa en las ocasiones siguientes:

- Días festivos.
- Todos los días en puerto extranjero.
- En los puertos nacionales, en días no festivos, cuando haya barcos de guerra extranjeros.
- Cuando se iza engalanado general
- Cuando se iza en el buque el Estandarte Real.

En la mar no se iza nunca bajo ningún concepto, entre otras razones porque, de lejos, puede confundirse fácilmente con una bola de fondeo.

Ceremonia de izado y arriado de la bandera.

El izado y arriado de la bandera, que se realizan solamente en puerto, marcan prácticamente el inicio y fin de la vida diaria a bordo; el izado a 08.00 y el arriado al ocaso del sol.

Izado

Cinco minutos antes de la hora, por propia iniciativa o repitiendo la señal de la capitana o de la base, se iza la señal preventiva y , desde el puente, se da la voz de "Señales de la bandera". La guardia militar forma y desfila a popa, marchando con armas al hombro y bayoneta calada por la banda de estribor, y queda formada en ala dando frente al asta. Simultáneamente dos timoneles, en perfecto estado de policia, traen la bandera plegada, se descubren la cabeza y la envergan, no permitiendo que se  desfalde y arrastre por la cubierta. Al picar la campana la hora de las ocho se hace lo siguiente:


  • Se arría la señal preventiva, lo que desde el puente se anuncia con la voz de "Presenten".
  •  En toldilla se ordena "Atención" con corneta o pito y "Presenten" con corneta o a la voz.
  •  La guardia o guardias presentan armas.
  • Uno de los dos timoneles en la driza y el otro sosteniendo en brazos la bandera, la izan lentamente, procurando el segundo timonel que ondee clara por encima del pasamanos, y tomando luego la cargadera hasta que quede afirmada besando la galleta del asta.
  • El contramaestre o contramaestres presentes en toldilla dan una larga pitada que debe durar todo el tiempo del izado.
  • Si se dispone de medios, se toca la primera estrofa del Himno Nacional, debiendo coincidir la ultima nota  con el afirmado de la bandera a tope.
  • Al quedar afirmada el corneta toca "Descansen" o el contramaestre pita "Retirada".
  • Entre los toques de"Atención" y "Retirada" todos los que se encuentren en cualquier lugar de la cubierta y no estén en formación, se ponen firmes dando frente a popa y saludan militarmente.
  • Se retira la guardia o se procede al relevo.

Arriado

La ceremonia de arriado, que tiene lugar a la puesta del sol, es similar a la del izado. Si el arriado coincidiese con alguna visita o recepción a bordo, a la voz de "Señales de Bandera" se indicará cortesmente a los visitantes que se encuentren en cubierta que se pongan de pie en posición respetuosa y en silencio, dando frente a popa hasta que termine la ceremonia, explicándoles su significado.

Todas las embarcaciones menores que naveguen por las inmediaciones durante estas ceremonias, paran, largan escotas en banda o arbolan remos, las dotaciones adoptan la posición de firmes y el patrón saluda dando frente a la bandera más próxima.

Interpretación de himnos en el izado y arriado

Si se encuentran en puertos barcos extranjeros, se interpretará primero el himno nacional de visitante (por orden alfabético de los nombres de las naciones en español), terminando con el himno nacional propio. Si se está en puerto extranjero, el barco español toca primero el himno nacional español y a continuación el del país visitado.

Cuando los buques se encuentren al alcance auditivo de las músicas, el Jefe de Bahía designará un buque para interpretar él solo los himnos. Si hay buques extranjeros esto se hará mediante acuerdo con ellos.



Benito Sacaluga

Fuente: Ceremonial Marítimo. Cuartel General de la Armada. Editora Naval (1988) ISBN: 84-7341-043-2



sábado, 14 de diciembre de 2013

ANTONIO BARREDA RODRÍGUEZ, CAPITÁN MAQUINISTA DE LA FLOTA REPUBLICANA






Transatlántico "Marqués de Comillas"
Sede de numerosos Consejos de Guerra Sumarísimos
En varias publicaciones anteriores se ha puesto de manifiesto la autentica aberración jurídica que representaron los Consejos de Guerra a que fueron sometidos todos aquellos que, de una u otra forma, el día 18 de julio de 1936 decidieron oponerse al levantamiento en armas contra el Gobierno de España llevado a cabo por un grupo de militares.

Todos los Consejos de Guerra tipifican el delito cometido por el encausado como de "Rebelión Militar". Para conocer aquello que se considera Rebelión Militar, que mejor camino que acudir al Código de Justicia Militar vigente en el momento de la sublevación contra la República. Dicho Código sustituyó al monárquico vigente hasta el dos de mayo de 1931 fecha en la que se modifica el Artículo 237.

Artículo 237.  
Son reos de delito de rebelión militar los que se alcen en armas contra la Constitución del Estado, contra el Presidente de la República, la Asamblea Constituyente, los Cuerpos Colegisladores o el Gobierno Provisional y Legitimo, siempre que lo verifiquen concurriendo alguna de las circunstancias siguientes: 
1º.- Que estén mandados por militares, o que el movimiento se inicie, sostenga o auxilie por fuerzas del Ejército. 
2º.- Que formen partida militarmente organizada y compuesta de diez o más individuos. 
3º.- Que formen partida en menor número de diez, si en distinto territorio de la Nación existen otras partidas o fuerzas que se proponen el mismo fin.

Después de leer lo anterior no puede quedar ninguna duda de que los únicos que cometieron un delito de rebelión fueron los militares a las ordenes de Mola y Franco, los que se alzaron en armas contra el Estado español, y de cometer un delito de auxilio a la rebelión exclusivamente aquellos civiles que colaboraron en que esta se llevase a cabo. Considerar reos de rebelión a aquellos que se opusieron a ella es, como dije al principio, una aberración y los consejos de guerra que ventilaban estos cargos un mero y burdo instrumento para dar visos de legalidad a los fusilamientos llevados a cabo de forma sistemática por los sublevados desde el 18 de julio de 1936.

Si una vergüenza eran los Consejos de Guerra, no lo eran menos los procedimientos de instrucción previos, plagados de testigos falsos o interesados, y de forma general basados casi exclusivamente en apreciaciones o informes de los servicios de información franquista y de la Falange. Procesos de Instrucción de los que el Fiscal extraía sus "argumentos" para exponer sus conclusiones, y ello con la total colaboración y visto bueno de todos los integrantes del Consejo de Guerra.

Transcribo a continuación las conclusiones del Fiscal relativas a la Causa seguida contra el Capitán Maquinista Antonio Barrera Rodriguez. Una Causa cuyas primeras diligencias se llevaron a cabo en Cartagena el día 29 de abril de 1939, el mismo día en que Benito Sacaluga era fusilado.



(*) EL FISCAL DEL DEPARTAMENTO, EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 357 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO MILITAR DE LA MARINA, EN RELACIÓN CON EL ARTICULO 258 DE DICHA LEY, FORMULA COMO PROVISIONAL LAS SIGUIENTES CONCLUSIONES.

1º.- Que el Capitán Maquinista de la Armada don Antonio Barrera Rodriguez al producirse el Glorioso Alzamiento Nacional fue uno de los elementos dirigentes de la sublevación marxista en la Base Naval de Mahón, siendo el alma de tal sublevación toda vez que estuvo en contacto con los elementos rojos del Ejercito, exaltando a los inferiores, a quienes indujo las detenciones de Jefes y Oficiales.........,    .......Con motivo de tenerse preparado en la isla de Menorca un complot para entregar la misma al Generalísimo,éste fue descubierto por el procesado y puesto en conocimiento de los rojos, que lo abortaron................., Consta también que el acusado perteneció al Comité del Partido Comunista de Mahón............,
............Estos hechos son constitutivos de un delito de rebelión previsto y penado por el Código Penal de la Marina de Guerra. 
2º.- Que de dicho delito es responsable en concepto de autor por participación directa tomando parte en su ejecución el procesado en autos Capitán Maquinista don Antonio Barrera Rodríguez. 
3º.- No son de apreciar circunstanciaras modificativas de la responsabilidad criminal. 
4º.- Renuncio a la práctica de ulteriores diligencias de prueba sin perjuicio de hacer suyas las que en su caso proponga la defensa 
5º.- Que procede imponer al procesado la pena de muerte.

En relación con el punto principal de las conclusiones del fiscal, decir que se trata de un simple ejercicio de la más indigna conducta en la que pude incurrir un miembro, no ya de la justicia, sino de la Marina, una conducta y un comportamiento que finalmente dan como resultado el fusilamiento del encausado.

La aplastante realidad, una realidad de la que nadie tiene la más mínima duda,  es que la sublevación en la Base Naval de Mahón fue llevada a cabo por militares franquistas. Sublevación que fracasó gracias a la intervención del encausado y al comportamiento ejemplar de lealtad a la República y al uniforme de los que la impidieron. Por supuesto en 1936 y hasta 1939 el Partido Comunista era un partido político con representación parlamentaria y por tanto la pertenencia al mismo era completa y absolutamente legal y no podía por tanto ser la pertenencia al mismo ni delito, ni agravante en una causa judicial.

A lo largo de la Causa se pueden leer además un cúmulo de barbaridades y acusaciones, todas ellas sin ninguna prueba y con testificales preparadas de antemano por el fiscal. De entre ellas llama la atención la declaración efectuada por Leonor Guerrero Vivancos, viuda del Capitán de Intendencia sublevado Antonio Egea:
(*) Preguntada : Si conoce o tiene referencias de la actuación de un Segundo Maquinista llamado Antonio Barrera Rodriguez, durante la dominación roja, DIJO : Que las referencias que tiene son las de que el referido fue al asalto del barco "Atlante" que estaba en Mahón y ordenó el fusilamiento de ochenta jefes, oficiales y paisanos que en dicho buque había, y no deseando hacer más manifestaciones y leída que fue por si la presente la encuentra bien y conforme ratificándose en su contenido en descargo del juramento prestado. 

Vapor "Atlante"
Una viuda de un marino muerto a causa de su adhesión al levantamiento, que declara tener "referencias" de una persona a la que ni siquiera conoce, y que según esas "referencias" le acusa de participar ni más ni menos en el asesinato de ochenta personas. ¿Que tribunal, que juez, que fiscal, admitiría una declaración de esta naturaleza y la incluiría en los autos como prueba acusatoria? ¿Que 80 personas eran esas?Respuesta : Un consejo de guerra franquista. Bien, pues todas las acusaciones y pruebas en contra son parecidas y de estas actuaciones, una vez celebrado el Consejo de Guerra en el "Marqués de Comillas" se dicta la siguiente Sentencia que resumo:

(*) RESULTANDO, que el día 18 de julio de 1936, el procesado se encontraba destinado en la Base Naval de Mahón y se puso en contacto con los responsables rojos políticos y militares interviniendo en la sublevación marxista de la citada base y en las detenciones de jefes y oficiales y personal civil que tuvieron lugar en distintas fechas en Mahón, facilitando en unión de un comisario político llamado Amustegui una lista de jefes y oficiales de los detenidos en el barco "Atlante" que consideraba debían ser fusilados como efectivamente lo fueron horas después.... 
RESULTANDO, que el encausado fue uno de los organizadores del partido comunista en Mahón..... 
CONSIDERANDO, que los hechos consignados en los Resultandos que preceden, evidenciaban la compenetración e identificación con los fines y procedimientos de la rebelión rojo-separatista a la que se adhirió desde el primer momento por libre y espontanea voluntad, considerando su causa como propia y con todo entusiasmo intervino en los hechos de indudable trascendencia de los que se deja hecha mención, que son constitutivos del delito de rebelión previsto y penado con el número segundo del articulo 128 del Código Penal de la Marina de Guerra. 
FALLAMOS, Que debemos condenar y condenamos al Segundo Maquinista de la Armada Antonio Barrera Rodriguez, como autor de un delito de rebelión.................a la pena de muerte con las accesorias en caso de indulto de pérdida de empleo y clase y expulsión de la Marina............ 
Firmado: El Presidente del Consejo de Guerra 
Contralmirante Ramón Agacino Armas 
Comandante General del Arsenal de Cartagena. 

El 29 de julio de 1939, contando 54 años, fue fusilado en el Arsenal de Cartagena y sus restos trasladados al Cementerio Municipal, Parcela X, fila cuarta, fosa número diez. Posteriormente sus restos fueron trasladados a una fosa común donde permanecieron de forma anónima junto a los de 51 fusilados más hasta que el 27 de noviembre de 2010 la Asociación para la Memoria Histórica de Cartagena dignificó la sepultura.

En mayo de 1979 su hija solicitó oficialmente la amnistía acogiéndose al R.D. 57 de seis de marzo de 1978, amnistía que le es concedida en el mes de julio de 1979 y que además dispone sean eliminados sus antecedentes penales a todos los efectos y posibilita la reclamación de haberes pasivos.

Curiosamente a pesar de ser fusilado el día 29 de julio de 1939, unos días después, concretamente el dos de agosto del mismo año, en el periódico "Cartagena Nueva", por entonces Órgano de Falange Tradicionalista y de las JONS, se publicaba  en la sección de comparecencias:
Se presentará en los Juzgados, SIP, Detail de Presentados, C/Villamartin, 2 a la mayor urgencia, Don Antonio Barrera Rodriguez.

Benito Sacaluga



(*) Causa 130/39


sábado, 30 de noviembre de 2013

COMBATE NAVAL DEL CABO DE SANTA MARIA




Archiduque Carlos
Desde el siglo XV Gibraltar formaba parte de la Corona de Castilla. Fue ocupada en 1704 por una escuadra anglo-holandesa, coalición partidaria del Archiduque Carlos como sucesor a la Corona y en el contexto de la Guerra de Sucesión española (1701-1713) al término de la cual  fue cedido a la Corona británica en aplicación del Tratado de Utrecht en 1713. Un Tratado que ponía fin a doce años de una guerra iniciada a causa de las aspiraciones de la Casa de Austria a ocupar el trono de España en manos de Felipe V desde 1700, nombrado éste por Carlos II, último monarca de la Casa de Hagsburgo, al carecer de descendencia. Finalmente, después de varios años de tratados, guerra e intrigas internacionales, fue el francés Felipe V, hijo de Luis, Gran Delfín de Francia y de María Ana de Baviera, quien se mantuvo en el trono pasando a ser el primer rey español de la Casa de Borbón en detrimento de Carlos VI, también nombrado como el Archiduque Carlos de la Casa de Austria y como Carlos III de España. La guerra acabó en 1713 con la firma del Tratado de Utrech, pero no las maniobras políticas, que se mantuvieron hasta 1725, año en que se firmó el Tratado de Viena. Al final la gran beneficiada por la Guerra de Sucesión española fue Gran Bretaña al conseguir a través de la cesión de Menorca y Gibraltar el dominio marítimo en el Atlántico y el Mediterráneo y gracias a la cesión de territorios de ultramar sentar las bases para lo que sería el Gran Imperio británico. La llegada de la Casa de Borbón al trono le supuso a España la pérdida de sus territorios en los Países Bajos e Italia además de Menorca y Gibraltar y el control del comercio con las Indias.

Según lo anterior, el Tratado de Utrecht forma parte de un conjunto de tratados firmados entre 1713 y 1715 por los Estados contendientes en la Guerra de Sucesión española en la ciudad holandesa de Utrecht y en la alemana de Rastatt. Con la firma de los tratados se pone fin a la guerra. Gibraltar fue cedido a los británicos a perpetuidad. La isla de Menorca también fue cedida a los británicos en los Tratados, pero a diferencia de Gibraltar, Menorca volvió a quedar definitivamente bajo soberanía española en 1805, a raíz de Tratado de Amiens. A pesar de lo aceptado en el Tratado , España ha llevado a cabo múltiples intentos para recuperar Gibraltar desde el siglo XVIII, todos sin éxito, hoy tres siglos después lo sigue intentado con el mismo resultado. El intento más contundente fue el llevado a cabo entre 1779 y 1783, conocido con El Gran Asedio.

En 1780 las fuerzas españolas y británicas se enfrentaron por séptima vez desde el inicio de la sexta Guerra Anglo-Española, originada  por la declaración de guerra de España a Gran Bretaña en alianza con Francia en 1779, dentro del contexto de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos y esta vez para impedir que los británicos rompieran el bloqueo marítimo al que estaba sometido Gibraltar desde el comienzo del Gran Asedio en 1779. Esta acción de guerra naval se libró el 16 de enero de 1780 entre una escuadra española al mando de Juan de Lángara y otra británica conducida por el almirante George Rodney que intentaba romper el bloqueo. Debe su nombre, "Combate del Cabo de Santa María", por haberse desarrollado en las proximidades del Cabo de Santa María, en la costa portuguesa del Algarve, próximo a la ciudad de Faro.

Como se ha dicho, las fuerzas españolas de mar y tierra asediaban Gibraltar desde junio de 1779, al finalizar el otoño la plaza se encontraba en una situación muy comprometida. En Gran Bretaña se llevaban a cabo importantes preparativos para enviar a Gibraltar una expedición de socorro compuesta por un gran convoy con víveres, municiones y refuerzos suficientes para prolongar indefinidamente su resistencia. Protegería el convoy una importante escuadra al mando del almirante Rodney, quien cumplido su primer cometido, la llegada a Gibraltar, había de marchar con su escuadra a las Islas Occidentales. De ello se tuvo noticia en Madrid de forma muy anticipada, por lo que la Corte, de acuerdo con la francesa, resolvió interceptar el paso de Rodney, procediendo a tal efecto a organizar dos importantes fuerzas navales.

En Brest, donde el año anterior se había concentrado una gran armada de más de sesenta naves de línea, para llevar a cabo el plan español debían alistarse 20 navíos españoles y otros tanto franceses, cifra conjunta que se estimaba sería más que suficiente para impedir el paso del enemigo y darle batalla con grandes posibilidades de éxito, ya que se consideraba que Rodney no llevaría más de 25 naves de línea. Además, en prevención de que el almirante británico lograra esquivar tan temible oposición, se acordó preparar una segunda fuerza de 26 navíos más, todos ellos españoles, de los cuales 15 de ellos estarían al mando de Luis de Cordova, quien marcharía desde Brest hacia el Estrecho, aguas donde se le unirían 10 navíos más de la escuadra de bloqueo de Gibraltar al mando del general Juan de Lángara. Esta segunda fuerza de interceptación debía fondear cerca de la entrada del Estrecho, a fin de cortar el paso a Rodney en caso de que escapara de la acción de la primera, estimándose que aunque la flota británica lograra pasar a través de la fuerza concentrada en el puerto francés, quedaría tan quebrantada de su encuentro con aquella que sería fácil a la segunda dar cuenta de ella. Pero tal plan fracasó, como a continuación veremos. 

Situación del Cabo de Santa María
La expedición inglesa se hizo a la vela desde sus puertos el 21 de diciembre de 1779. Rodney, con una fuerza de 21 navíos de línea y 9 fragatas, escoltando un inmenso convoy de más de 200 barcos de transporte. En aquella fecha todavía no había tenido efectividad el gran plan de los aliados hispano-franceses, pues faltaba armar y alistar los 20 navíos galos que debían unirse a los españoles fondeados en Brest, por lo que el jefe británico lejos de encontrar oposición, se vio libre de movimientos al atravesar el Atlántico. Con buen tiempo, pese a lo avanzado de la estación, descendió, casi costeando, hacia el Golfo de Vizcaya y continuó por el litoral portugués. El ocho de enero atacó a un convoy español  de una quincena de naves de transporte, acompañado por un navío de 64 cañones, que se dirigía desde San Sebastian a Cádiz, apoderándose de todas las embarcaciones. Continuó el británico su marcha, doblando el cabo de San Vicente con dirección al Estrecho, favorecido por el viento de popa, ya que si hasta entonces le había empujado el del Norte, posteriormente había rotado al Sudoeste, precisamente la dirección adecuada para impulsarle favorablemente y atravesar el Estrecho rápidamente.

¿Que hacía, a todo esto, la segunda fuerza de interceptación? En puridad, esta no existía. Luis de Cordova había salido de Brest con la suficiente antelación al frente de 16 navíos de línea y dejando los 20 restantes a las órdenes de Miguel Gastón para que formara parte de la primera armada de oposición a los británicos, pero en los puertos de Galicia quedaron cuatro unidades de Luis de Cordova, bastante maltratadas por los fuertes vientos contrarios, a fin de reparar sus averías y las 11 restantes prosiguieron su rumbo a Cádiz. En el entretanto Juan de Lángara, que esperaba a Cordova en el Estrecho para incorporarsele con los doce navíos del bloqueo de Gibraltar, se vio obligado a pasar al Mediterráneo a consecuencia de haberse desatado un violento temporal, que había averiado a varios de sus navíos, viéndose en la necesidad de dirigirse a Cartagena para reparaciones. Cuando Luis de Cordova llegó al lugar convenido no encontró a Lángara y fondeó a la entrada del Estrecho para esperarle, con la mala fortuna de que un fuerte temporal desplazó a sus barcos hacia las costas africanas, pasado el temporal Luis de Cordova se dirigido a Cádiz para reparar los desperfectos sufridos a causa del temporal.

Cuando Lángara, una vez reparados sus barcos en Cartagena, volvió al Estrecho con sus once buques entendió ante la ausencia de Cordova que tendría que enfrentarse solo a la escuadra de Rodney, muy superior con sus 30 navíos. El tan elaborado plan español para evitar la llegada del convoy inglés a Gibraltar había fracasado.

El 16 de enero de 1780, cuando Lángara se hallaba con su escuadra casi frente al cabo de Santa María, avistó a la escuadra británica  junto al convoy de mas de 200 navíos que protegía a tan solo doce millas de distancia. La escuadra inglesa la formaban 21 navíos de línea, de ellos tres de tres puentes (uno de 100 cañones, otro de 98 y el tercero de 90) y 18 de dos puentes (16 de 74 cañones y 2 de 64), más nueve fragatas armadas cada una con número de cañones que oscilaba entre 44 y 24. En total 1.864 bocas de fuego. Contra aquella fuerza Lángara no podía alinear más que once navíos, que eran un tres puentes de 80 cañones y diez de dos puentes ( 9 de 74 cañones y uno de 64), más dos fragatas de 34 cañones, fuerzas que sumaban en su conjunto 878 piezas de artillería, menos de la mitad que las que poseía la escuadra británica.

Juan de Lángara
Lángara ordenó virar por redondo, a fin de mantener la distancia a favor aprovechando el viento de Sudoeste, dos horas más tarde viendo que los ingleses le aminoraban rápidamente y que tenía todas las posibilidades en contra, dada la extrema inferioridad en que se hallaba en caso de entablar combate después de consultar a sus capitanes se decidió cargar vela y arrumbar hacia Cádiz. Al advertir Rodney la proximidad de los españoles dispuso formar linea de combate de frente, facultando a sus navíos para que iniciaran el encuentro con plena libertad de acción, si bien cuidando efectuarlo por sotavento, lo que denotaba el evidente propósito de cortar así la retirada del enemigo. Los navíos ingleses eran, por lo general, más veloces que los españoles, a causa de tener sus fondos forrados de cobre, innovación reciente que todavía no habían adoptado las marinas española y francesa. Así una división formada por los navíos más veleros de toda la escuadra británica (Edgar, Resolution, Defence y Belford ), todos ellos de 74 cañones, fue ganando distancia sobre los rezagados españoles y antes de una hora el primero alcanzó al Santo Domingo, de 74 cañones , que era el más retrasado de Lángara a causa de tener averiado el aparejo, cañoneandole por babor, poco después otros dos navíos de dicha división sumaron sus disparos contra el navío español al que hundieron en menos de media hora.

Navío español "Real Fenix"
Varios navíos más de Lángara fueron también alcanzados y cañoneados por por los navíos ingleses de vanguardia, a los que siguieron uniéndose otros, menos veleros, que venían detrás. Así sucumbieron, luchando cada uno contra tres o cuatro enemigos, el Diligente y el Princesa, ambos de 74 cañones. El Real Fénix, navío insignia de Lángara, un viejo tres puentes de 80 cañones, fue atacado cuando ya era casi de noche, dos horas después de iniciarse el combate, por el Defence, de 74, que se puso a su costado de babor, cañoneándose ambos duramente, pero poco después acudió el Bienfaisant, de 64 cañones, atacándole por estribor y el Royal George, tres puentes de 100 cañones, por la proa. Se hizo contra el español un fuego terrible, si bien dadas las pésimas condiciones de visibilidad, mar gruesa y ambiente casi tempestuoso el ataque no era lo suficientemente efectivo. El general Lángara fue herido dos veces, permaneciendo no obstante en su puesto hasta que una tercera herida le hizo perder el conocimiento. El navío continuó combatiendo, en medio de un circulo de fuego, oscuridad y desatados elementos, hasta que un nuevo navío inglés comenzó a batirle por el espacio que dejaban libre los otros cuatro, con lo cual poco después, ya desarbolado y totalmente acribillado no le quedo más remedio que arriar su pabellón. Meses más tarde los ingleses repararon el Real Fénix, cambiando su nombre por el de Gibraltar y lo mantuvieron en servicio hasta 1815.


Los ingleses también habían conseguido apoderarse del San Julian, de 64 cañones y el San Eugenio, de 74. Los restantes navíos españoles pudieron escapar, a excepción del Monarca, de 74 cañones, que fue alcanzado hacia medianoche y rodeado por dos enemigos, luego reforzados por el tres puentes Sandwich, de 90 cañones, insignia de Rodney,  hacia las dos de la madrigada obligaron al español a rendirse.

De los once navíos que integraban la escuadra española se perdieron siete, consiguiendo huir los cuatro restantes, refugiándose en Cádiz. Debido al empeoramiento del tiempo, que acabó degenerando en temporal, las dotaciones rendidas del San Eugenio y el San Julian pudieron reducir a los destacamentos ingleses que habían ocupado las naves y lograron ponerlas a salvo, por lo que las perdidas efectivas fueron de cinco navíos, uno hundido y cuatro capturados por los británicos.

Tras soportar difícilmente el temporal y gracias al cambio del viento, que roló al Noroeste, el día 18 Rodney pasó el Estrecho sin ninguna oposición, fondeando en Gibraltar con el convoy intacto y los cuatro navíos tomados a los españoles.

Unos meses después, en agosto de 1780 y en esas mismas aguas, una escuadra combinada hispano-francesa comandada por Luis de Cordova, prácticamente sin entablar combate, ya que los navíos británicos de escolta se dieron a la fuga, consiguió apresar dos convoyes ingleses con destino a las colonias inglesas de ultramar, uno a la India y otro con destino a América, cargados de municiones, armas y material de guerra. En total fueron más de 50 los buques capturados. Aparte de los buques, España se hizo con los pertrechos, valorados en más de medio millón de libras esterlinas y un millón de libras más en lingotes y monedas de oro. Se calcula que se hicieron prisioneros a más de 3.000 militares entre oficiales y tropa que viajaban con destino a las colonias.

A modo de reflexión, hoy en día no parece muy probable que Gibraltar vuelva a ser territorio español, las razones para pensar esto son muchas y variadas. Si además tenemos en cuenta que la cesión a los británicos de Gibraltar permitió a los borbones acceder al trono de España y que nuevamente desde 1975 lo ocupan, la fuerza opositora de Inglaterra se ve reforzada en el sentido de que los beneficios obtenidos por España en Utrech se siguen manteniendo.


Texto en cursiva extractado de EGM. Ediciones Garriga 1958.
Bibliografía: Naval and Military Memoirs of Great Britain (1804).W.L.Clowes / Armada Española desde la unión de los Reinos de Castilla y Aragón. C.Fernandez Duro.

martes, 26 de noviembre de 2013

MAQUINISTAS DE LA FLOTA REPUBLICANA MUERTOS EN ACTO DE SERVICIO




Durante el periodo comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el mes de abril de 1939, dieciocho fueron los Maquinistas de la Flota Republicana que perdieron la vida en acto de servicio, según se hace constar en "El Cuerpo de Maquinistas de la Armada Española", editado por el Ministerio de Defensa en 2009.






Alicio Vázquez Espinosa, Primer Maquinista

Natural de Ferrol, casado, nacido el 7 de agosto de 1897. Su padre era en esa fecha soldado de Infantería de Marina. Solicita el ingreso en la Armada en 1915, después de haber trabajado en el Astillero y Varadero de La Graña desde 1913. El 16 de octubre de 1915 es nombrado Aprendiz.

Prestó servicio en el "Contramaestre Casado", "Gaviota" y "Macías". De profundas convicciones republicanas, mantuvo contactos con figuras republicanas de renombre tanto en el ámbito político como en el militar. En la fecha del levantamiento se encontraba enfermo en Madrid, lo que no fue obstáculo para que realizase labores de instrucción militar a voluntarios republicanos socialistas, ni para que después marchara con ellos al frente. Encontró la muerte el 31 de agosto de 1936 combatiendo en Llerena (Badajoz).


"Contramaestre Casado"


José Muiños Guerrero, Segundo Maquinista
Olegario Ríos Ferrín, Tercer Maquinista
Ramón Castejón Martinez, Tercer Maquinista

Fallecidos los tres a bordo del el destructor "Almirante Ferrándiz",el 29 de septiembre de 1936 durante el combate contra el crucero "Canarias".


"Almirante Ferrándiz"



Guillermo Martinez López, Segundo Maquinista. Submarinista.

Llegó con la Flota a Santander cuando ésta acudió al Cantábrico. Una vez allí pidió combatir en tierra. Se le nombró alférez y se le asignó una sección en uno de los tres batallones que marcharon al frente de Asturias. Falleció combatiendo en Nonín (Oviedo) el 14 de octubre de 1936. Gamir Ulibarri, general jefe de Operaciones en el Norte, ordenó que el auditor de guerra de su ejército instruyese juicio contradictorio para la concesión de la Laureada de San Fernando, si hubiera lugar a ello. Antes había afirmado:
"Murió heroicamente en el ataque a Nonín...Reiteradamente este Estado Mayor se ha dirigido al Excmo. Sr. ministro de Marina y comisario de guerra en Santander señalando la ejemplaridad de la conducta y de la muerte del citado oficial, quien se hizo en todo momento merecedor de los máximos honores de la guerra"
El comisario de la Flota, Bruno Alonso, escribió un artículo dedicado a Martinez López en el periódico del acorazado "Jaime I", Amanecer, número 6, fechado el 23 de enero de 1937 titulado "Un espejo para todos", en el que ensalza la valía humana y profesional de Guillermo Martinez y lo pone como ejemplo a seguir.

Guillermo Martinez había ingresado en la masonería en 1931, logia Atlantida nº 5. Su mujer se exilió a Méjico al terminar la guerra. El hijo de ambos era en 1985 Ingeniero Director General de la empresa Industrias CHSA en Tanepantla (Méjico).



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Miguel Godinez Avecilla

Guardacostas "Xauen"


Murió a bordo del submarino "B-5" el 12 de octubre de 1936 frente a Estepona (Málaga). Sobre las causas del hundimiento al "B-5" hay varias versiones, una apunta a un ataque aéreo realizado por un hidroavión  de los sublevados y otra señala el sabotaje de su comandante. Miguel era hijo de un sargento 2º de Infantería de Marina. Ingresó en la Armada en 1919. Había estado a bordo del "Alsedo" en el desembarco de Alhucemas. Cuando se inició la sublevación estaba a bordo del guardacostas "Xauen", el día 21 de julio la dotación detuvo al comandante y al segundo y le nombraron a él comandante. Puso rumbo a Málaga, a cuyo puerto arribó el día 25.

Submarino "B-5"


Bartolomé Tudela Lorca, Maquinista Tercero
José Díaz Martinez. Maquinista Tercero
Joaquin Muiños Rico, Maquinista Tercero

Fallecidos en el incidente del submarino "B-5", junto a Miguel Godinez.


José Sastre Gabarrón, Segundo Maqunista
Miguel Palmer Bonet, Tercer Maquinista
José Bahamonde López, Tercer Maquinista.
Antonio Asensio Martinez, Tercer Maquinista


El submarino alemán "U-34" envió el siguiente mensaje el 12 de diciembre de 1936: "A las 14.19 horas hemos hundido submarino clase "C" delante de Málaga"Se trataba de "C-3", donde prestaban servicio los cuatro maquinistas citados.


Dotación del "C-3" en 1936
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Eusebio Fernandez Vázquez, Segundo Maquinista
Mario Montenegro Vieites,Tercer Maquinista
Diego Martinez Otón, Tercer Maquinista
Mariano Sánchez Velasco, Tercer Maquinista

Los cuatro formaban parte de la dotación del submarino "C-5". El submarino salió de Bilbao el 31 de diciembre de 1936 con la intención de volver a puerto el día siguiente, pero no volvió. El comandante del buque era José María de Lara y Dorda partidario de la sublevación. El día uno de enero unos pesqueros que regresaban a puerto, trajeron la noticia del avistamiento de una gran mancha de gas oil y aceite situada a 11 millas al norte de Ribadesella. Asimismo se confirmó que se había perdido el enlace con el "C-5". Existen varias versiones sobre la desaparición del "C-5". La más extendida es la teoría del autohundimiento provocado por su comandante. Finalizada la guerra a su viuda se le concedió una pensión. Otra teoría apunta a que el submarino se perdió a causa de las corrientes del rio Sella, que lo desestabilizaron. También se recoge la versión de un tripulante, el marinero especialista Ramón Cayuela Robles, al cual unos sitúan en tierra y otros a bordo, versión ésta que exculpa de sabotaje al comandante.


Submarino "C-5"



Gabriel Femenía Torres. Tercer Maquinista.

Fallece el 12 de agosto de 1937 a bordo del destructor "Churruca" al ser torpedeado por el submarino italiano "Jalea" frente a Escombreras.

Destructor "Churruca"


Submarino italiano "Jalea"
Clase Argonauta
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Benito Sacaluga

martes, 19 de noviembre de 2013

MAQUINISTAS DE LA FLOTA REPUBLICANA FUSILADOS, PASEADOS O VICTIMAS DE LA LEY DE FUGAS.

El "Plus Ultra" convertido por los sublevados
en buque prisión en septiembre de 1936
Desde el comienzo de la Guerra de España y hasta el diez de noviembre de 1939, las tropas sublevadas dieron muerte a 25 Maquinistas de la Armada Republicana (1), de ellos cinco estaban en situación de retiro. La eliminación se llevó a cabo mediante fusilamientos, también por medio de los denominados "paseos", cuyo "modus operandi" consistía en llevar al prisionero o prisioneros a un lugar apartado y matarlo a sangre fría, abandonando sus cuerpos en fosas comunes improvisadas o en las cunetas de carreteras y caminos, otro método utilizado fue la aplicación de la ley de fugas.

De forma cronológica por fecha de la muerte, relaciono a continuación a los Maquinistas de la Flota Republicana eliminados por los sublevados en el periodo comprendido entre el 31/07/1936 y el 10/11/1939.

31/07/1936

Pedro López Amor. Segundo Maquinista. Destinado en el acorazado "España". Fue el que negoció la rendición de este buque a las fuerzas nacionales el 22 de julio de 1936, en el Arsenal de Ferrol. Consejo de Guerra. (2). Otros treinta y tres marinos del "España" fueron también fusilados.

17/08/1936

Angel Monteagudo Carro. Tercer Maquinista. Paseado por los sucesos a bordo del acorazado "España" en Ferrol. Estuvo preso en el buque "Plus Ultra". No se le instruyó procedimiento legal, fue ejecutado sin Consejo de Guerra por "adepto a la rebelión" (3).

Cipriano Canosa Caruncho. Segundo Maquinista , muerto por los falangistas que lo custodiaban junto a quince personas más en aplicación de la "Ley de fugas" (4).

Ramón Rios Sordo, Tercer Maquinista, retirado en 1932. Aplicación de la Ley de fugas.

24/08/1936

Victor Albeal López. Maquinista Primero. Retirado en 1931. Secretario de la logia Breogan nº 16 de Ferrol. Existe un informe del SIP de Ferrol en el que consta como fusilado sin más datos. En el Archivo de Salamanca aparece una nota a mano que pone "fusilado", sin más precisiones.

29/08/1936

Ubaldo Luque Benitez. Segundo Maquinista. Retirado. Venerable de la logia Igualdad nº 53 de San Fernando (Cádiz). Fusilado.

30/08/1936 

Ejecutados por sentencia consejo de guerra , Causa 29/1936

Juan Pernas Fernandez. Segundo Maquinista.
Julio Catalá Caso. Tercer Maquinista.
Nicolás Noche Pérez. Tercer Maquinista.

16/09/1936

Luis Rey Diaz, Tercer Maquinista. Destinado en la lancha "Cabo Fradera" desde mayo de 1935. Procesado por los sucesos ocurridos en su base (Tuy) el 4 de agosto de 1936. Causa 517/36 y condenado a muerte. Al fusilamiento se presentó con uniforme blanco completo e impecable.

11/10/1936

Enrique Fernandez García. Segundo Maquinista.
Aquilino Pombo Ríos. Segundo Maquinista.
Francisco Baptista Florence. Segundo Maquinista.

Cañonero "Lauria"
Estando presos en el Arsenal de La Carraca por los sucesos allí ocurridos en julio, fueron entregados a una patrulla que vino a buscarlos con una autorización de Capitanía, fueron paseados, asesinados y abandonados en las tapias del cementerio de San Fernando (Cádiz).
Estos maquinistas no habían participado directamente, ni tuvieron ningún protagonismo en los sucesos del Arsenal. Eran los maquinistas de cargo de los buques "Lauria", "República" y "Juan Sebastian Elcano".
La participación de Fernandez García fue nula. La de Pombo Ríos, Causa 50/1936, consistió, en unión de otro personal, negarse a preparar el barco para salir de Cádiz en la noche del 21 de julio, ya que ignoraban cual era el Gobierno constituido. En otra  sentencia de 5 de febrero de 1937, una vez ya fusilado, se le condena a doce años y un día.
Consta en la Causa 156/1936 de Cádiz que Baptista manifestó al comandante del "Elcano" el 23 de julio que no colaboraría con el Movimiento iniciado.

20/10/1936

Ernesto Torrente Patiño. Segundo Maquinista. Retirado. Ingresó en la prisión de la Escollera en Ferrol el uno de agosto de 1936. Pertenecía a la logia Atlántida de Cartagena.


03/11/1936

Andrés Navarro Barcelona. Tercer Maquinista. Sucesos del "B-6"

Fernando de la Pascua Galiano. Tercer Maquinista. Sucesos del "B-6"

Juan Cumbrera Gonzalez. Segundo Maquinista. Hombre de profundas convicciones republicanas, tomó parte activa en la detención de los oficiales del Cuerpo General a bordo del submarino "B-6", cuando quedó patente que no estaban obedeciendo las órdenes del Gobierno republicano el 21 de julio en aguas de Ceuta. El mismo tomó el mando del submarino y lo llevó a Cartagena el uno de agosto. Pasado por las armas en la Punta do Martelo del Arsenal de Ferrol.

13/04/1937

Antonio Ramonde Baliño. Segundo Maquinista. Alumno de la Academia de Maquinistas, estaba de permiso por la zona de Benavente (Zamora), lugar de donde era su mujer. Una Orden de 14 de septiembre de 1936 de la Junta de Defensa Nacional, lo mandó Disponible gubernativo a Béjar, y otra franquista, la Orden de 25 de enero de 1937 (BOE 103), lo retiró con pensión pero sin uniforme. En la Causa 1051/36 de Valladolid fue acusado de rebelión militar y fusilado.

05/03/1938

Buque prisión "Contramestre Casado"
Andrés Cores Arevalo. Segundo Maquinista. Retirado. Al iniciarse la guerra se presentó a las autoridades de La Coruña, pasando a La Graña. El 23 de noviembre pasó a San Fernando y el 2 de enero de 1937 a la Academia de Maquinistas. El 3 de julio de 1937 pasó al "Contramaestre Casado" a disposición del juez. En la Causa 99/1937 fue condenado a la pena de muerte y fusilado. Pertenecía a la logia Atlantida nº 5.

31/12/1938

Cañonero "Laya"
Juan Pantin Fernandez. Teniente Maquinista. Jefe de Máquinas del cañonero "Laya", que estaba en Huelva y el 17 de julio salió para Algeciras. Pantín estaba de permiso en Ferrol. El BOE 21/36 franquista de 14 de septiembre informa que Pantín está Disponible gubernativo en Calahorra y el 32/36 de 30 de septiembre "Visto oficio del almirante de la Base Naval de Ferrol del 17 del corriente dando cuenta del abandono de su punto de residencia del---, en vista de lo cual lo ha separado del servicio". La junta de Defensa nacional lo aprueba y ratifica. El BOE 103/37 de 31 de enero (lo considera capitán), lo vuelve a separar del servicio, sin pensión, uniforme, etc. El Decreto Orden 10/39 de 21 de noviembre: " Por no haber efectuado su presentación ante las autoridades nacionales e ignorarse su paradero, es baja en la Armada con pérdida de todos los derechos y prerrogativas adquiridas al servicio de la misma...". Y van tres separaciones del servicio.
En el Decreto Orden 152/43, nos trae la noticia de que existe su viuda con derecho a pensión desde el uno de enero de 1939, o sea desde la fecha siguiente a la del fallecimiento de su marido. Pertenecía a la logia Breogan. Fue fusilado sin Consejo de Guerra.

29/04/1939

Benito Sacaluga Rodriguez. Teniente Coronel Maquinista. Consejo de Guerra. Causa 4/39. Acusado de rebelión militar y de participar en los sucesos del acorazado "Jaime I" del que era Comandante de Máquinas en julio de 1936. Jefe de los Servicios de Inspección de Máquinas de la Flota Republicana  en 1937. Fusilado el 29/04/1939 en el Arsenal de Cartagena junto al fogonero Juan Escobar Rodriguez. Desde el Cuartel General del Generalísimo en Burgos se emite la Orden nº 4118/2797 en la que se dicta la obligación de asistir a la ejecución de todo el personal franco de servicio, formado, con uniforme de gala y banda de música. Fue el primer fusilado en Cartagena tras acabar la guerra. La publicidad que se quería dar es evidente. 

Alguno autores como Cervera Pery afirman  que era masón sin aportar ningún tipo de pruebas. En el Archivo General de la Guerra Civil, en su expediente, solo consta una carta firmada el 15 de enero de 1939 con un membrete de subdirector de la Escuela Naval Popular de Cartagena, dirigida a Gabriel Pardal en Barcelona, en la que, según el responsable del archivo o informante, en la firma de Sacaluga están los tres puntos masónicos. El informante remite el texto de la carta contestando a una solicitud de la Dirección General de Seguridad fechada el ¡11 de octubre de 1961!. Más de veinte años después de su muerte todavía se buscaba a Sacaluga por el Juzgado nº 3 del Tribunal Español de Represión de la Masonería y Comunismo. Su nombre no consta en las listas de las distintas logias, ni en las declaraciones de retractación de otros maquinistas. Dicho Juzgado, en octubre de 1961, procedió a la detención y traslado a la Dirección General de Seguridad de su hijo Benito, allí permaneció dos días sometido a interrogatorios. 

29/07/1939

Antonio Barrera Rodriguez. Primer Maquinista. Se le consideró participante y protagonista en los sucesos de Mahón. La República lo había ascendido a capitán en 1937. Condenado en la Causa 130/39. Fusilado.

07/11/1939

Manuel Rivero Fuentes. Primer Maquinista. Procedimiento Sumarísimo de Urgencia nº 36/1939. Acusado de adhesión a la rebelión y condenado a muerte. Tomó parte activa en los sucesos de Mahón. Era el Auxiliar del comandante maquinista Aguilar Carrión en la Base Naval secundaria de Baleares. Durante la guerra fue jefe del Servicio de Información Militar (SIM) en Cartagena y Murcia.

10/11/1939

Guillermo Campoy Zapata. Tercer Maquinista. Fusilado en San Fernando (Cádiz), en el penal de Cuatro Torres (La Carraca), con el capote ruso puesto. Había llegado de Bizerta a bordo del transatlántico Marques de Comillas. En julio de 1936 tuvo protagonismo en la detención de los oficiales del Cuerpo General a bordo del destructor "Sánchez Barcáiztegui". Ascendió a Teniente. El SIP de Cartagena, en enero de 1940, lo calificó de elemento del Partido Comunista, propagandista destacado e integrante de varios comités. Causa 347/39. Condenado a muerte y fusilado.

10/11/1939

Destructor "Alsedo"
Joaquin Mora Rosende. Segundo Maquinista. Destinado a Ferrol y Disponible en Mula (Murcia). Se presentó en Cartagena, siendo enviado a embarcar en el crucero "Miguel de Cervantes", lo que cumplió el 31 de julio. En mayo de 1937 pasó al "Alsedo", posteriormente a la comisión inspectora del Arsenal y al "Méndez Núñez". En la Causa 216/39 de Cartagena fue condenado a pena de muerte, "con las accesorias  en caso de indulto determinado en el artículo 44 del Código Penal de la Marina de Guerra, por considerarle autor de un delito de rebelión previsto y sancionado en el artículo 128 del Código Penal de la Marina de Guerra...". Nada de lo que sucedió estaba previsto en algún código, solo la ley del vencedor. Curiosamente, en la misma causa constan los informes del SIP con antecedentes de "derechista y católico". En la causa consta que se negó a dar el tiro de gracia a un fusilado. Debemos tener presente que esta actitud, o negarse a formar parte de los pelotones de fusilamiento, podía significar pasar automáticamente a ser un fusilado más.


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(1) La cifra no tiene en cuenta a desaparecidos, únicamente a aquellos que constan en los archivos de Marina como fusilados, paseados o asesinados mediante la aplicación de la Ley de fugas de 1921.

(2) Sobre los Consejos de Guerra franquistas, tanto contra militares como contra civiles existe en este blog abundante documentación y opiniones, en realidad no eran sino instrumentos para dar cobertura legal a una represión brutal y sistemática.  Las garantías para los procesados eran totalmente inexistente, los abogados defensores eran militares adictos al régimen franquista al igual que los jueces y fiscales.

(3) Los cargos de "adhesión a la rebelión" presentados contra los militares republicanos no pueden calificarse mas que de aberración jurídica. Los únicos rebeldes fueron los militares que se sumaron a la sublevación de Mola y Franco. Aquellos militares que permanecieron fieles al Gobierno democraticamente constituido y a la República no hicieron otra cosa que luchar contra los únicos que deben ser acusados de rebelión militar y alta traición.

(4) La ley de fugas es un tipo de ejecución extrajudicial que consiste en simular la fuga de un detenido, especialmente cuando es conducido de un punto a otro, para poder así encubrir el asesinato del preso tras el precepto "legal" que permite hacer fuego sobre el fugitivo que no obedece al «alto» conminatorio de los guardias.

Para ello la guardia de custodia se retrasaba en el camino por detrás del detenido hasta que había la relativa distancia como para considerar que el preso se estaba fugando. Se disparaba por la espalda para dar más credibilidad a la fuga. Los presos empezaron a conocer esta añagaza y desde entonces se les disparaba por la espalda, sin más. Esta práctica " legalizada" favoreció la guerra sucia oficial contra el movimiento sindical y permitió el asesinato en Barcelona por parte de las fuerzas policiales y de pistoleros de los Sindicatos Libres, de más de un centenar de anarcosindicalistas de la CNT, entre ellos figuras tan destacadas como Salvador Seguí o Evelio Boal.

Normalmente la ley de fugas se asocia en España con la época de la crisis social de la última fase de la Restauración borbónica y la dictadura de Francisco Franco, particularmente durante la represión de la guerrilla republicana de los maquis. Generalmente se utilizaba contra aquellos que mantenían posturas ideológicas diferentes al nacionalcatolicismo y no podían ser condenados a muerte por la vía judicial.

La Ley de Fugas nunca llegó a formar parte del Derecho positivo español ni en la fecha de su primera aplicación ni en ninguna otra pero, desgraciadamente, eso no fue óbice para que esta ley no escrita se llevase efectivamente a la práctica, en especial, durante las primeras décadas del siglo XX, para ajusticiar a los detenidos.(5)

 Datar dicha ley en 1921 es a causa de que su primera aplicación con notoriedad tuvo lugar un 20 de enero de 1921 en Barcelona.
.........Eran cinco sindicalistas que estaban detenidos en la jefatura de policía, sin saber por qué. A medianoche fueron sacados de los calabozos y entregados, bajo recibo, a dos parejas de la guardia civil para ser llevados a la cárcel, cuando lo usual era que fueran llevados en el furgón celular. Los guardias ataron a los presos de dos en dos y uno solo detrás, pero las cuerdas iban atadas unas con otras; imposible que uno de los detenidos intentara escapar solo. Subieron por la Vía Layetana, calle Claris y torcieron por la de Aragón. Los condenados iban flanqueados por dos guardias a ambos lados y dos detrás. Hubiera sido absurdo intentar la fuga. Al llegar a la calle de Vilamarí les hicieron tomar calle arriba, como si fueran hacia la cárcel. Por aquella época aquel sector de la ciudad estaba sin edificar y casi sin luz. De pronto los guardias de los lados se quedaron rezagados e inmediatamente sonaron los disparos de máuser, por dos veces. Los cinco conducidos cayeron al suelo sin siquiera gritar. (6)  
Sin embargo la versión gubernativa era bien diferente y la narraba así el periodista sevillano Jesús Pabón (7) : 
El suceso (…) fue dado a conocer por una nota oficiosa. Cuatro sindicalistas peligrosos, detenidos dos días antes en el Café Español de Barcelona –Juan Villanueva, Julio Peris, Ramón Gobar y Antonio Parra–, iban, conducidos por la Fuerza Pública, hacia la cárcel. “Al pasar por la calle Calabria –decía la nota– y desde una casa en construcción, se hicieron varios disparos contra la Fuerza Pública, que se vio obligada a repeler la agresión en igual forma. En aquel momento, los detenidos, aprovechando las favorables circunstancias, diéronse a la fuga, siendo perseguidos por los guardias, que hicieron fuego sobre los fugitivos. Resultaron muertos los detenidos Villanueva, Peris y Gobar y herido Grave Parra” 
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Benito Sacaluga.


(1) El Cuerpo de Maquinistas de la Armada Española. Antonio De la Vega Blasco.
(4) Wikipedia
(5)Anécdotas y curiosidades jurídicas. iustopía
(6) BUESO, A. Recuerdos de un cenetista. Barcelona: Ariel, 1976. Extractado por Anécdotas y curiosidades jurídicas. iustopía
(7) PABÓN, J. Cambó, 1876-1947. Barcelona: Alpha, 1999, p. 724. Extractado por Anécdotas y curiosidades jurídicas. iustopía.